Cambios en el criterio de asignación del Nombre en el CFDI
¿Debo poner el Régimen de Capital o el «SA de CV» en las facturas 4.0? Te informamos que de acuerdo con el artículo 29-A fracción I y IV de CFF los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) deberán contener como requisito el nombre o razón social tanto del emisor como del receptor, los cuales podrás obtener de tu Constancia de Situación Fiscal sin incorporar el régimen de capital, por lo que si realizas CFDI con la versión 4.0 del Anexo Leer más









